Las normas que dan origen a la responsabilidad civil y a la responsabilidad infraccional en la Ley 19.496

Publicado 07-06-2023
Sección Derecho

Autores/as

  • Erika Isler Soto

DOI:

https://doi.org/10.7770/rchdcp-V6N2-art924

Palabras clave:

Derecho del consumidor, responsabilidad infraccional, responsabilidad civil

Resumen

Si bien la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los
Consumidores establece que de sus normas puede surgir responsabilidad
civil y responsabilidad infraccional o administrativa, no menciona expresamente la relación que existe entre una y otra. De la misma manera, la técnica legislativa no otorga claridad respecto de las normas que son fuente de una y otra. Este documento revisa lo que ha señalado la doctrina al respecto,
así como los pronunciamientos judiciales de los cuales pudiera derivarse
una respuesta. La tesis que se adhiere es la unitaria, esto es, que todas las
normas de esta Ley pueden dar origen indistintamente a la acción civil e
infraccional.

Biografía del autor/a

Erika Isler Soto

Profesora de Derecho Civil y Derecho del Consumidor, Universidad Bernardo O'Higgins; Abogado; Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Austral de Chile; Magíster en Derecho, mención Derecho Privado, Universidad de Chile; Magíster en Ciencia Jurídica, Pontificia Universidad Católica de Chile; Doctora en Derecho (c), Pontificia Universidad Católica de Chile; Becaria Conicyt.