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Principio de reserva.

El proceso de Evaluación de los artículos se llevará a cabo bajo la más absoluta reserva y confidencialidad mediante un proceso ciego de evaluación por pares revisores externos, que deben mantener la confidencialidad del manuscrito. No podrán difundir de modo alguno el contenido de éste.

El equipo editorial solicitará al autor eliminar del trabajo que se remite a los miembros del Comité Científico Internacional toda información que permita identificar al autor.

El autor será informado de la evaluación de su artículo. Se entregarán las evaluaciones de los pares revisores a los cuales se haya enviado su manuscrito sin revelársele la identidad de los árbitros que hayan evacuado el respectivo informe.

Aviso de derechos de autor/a.

Aquellos autores/as que tengan publicaciones con esta revista, aceptan los términos siguientes:

El autor autoriza a la Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política a publicar la obra, distribuirla, venderla, licenciarla y reproducirla en todo el mundo y todos los medios y formatos. La Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política queda facultada para publicar la obra por medios gráficos, magnéticos, electrónicos y por todos los otros medios conocidos o por conocerse, quedando a su decisión la modalidad de publicación que emplee. La autorización también contempla la facultad de Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política para realizar trabajos derivados en general tales como abreviaciones, resúmenes o traducciones para su publicación, además de distribuirla tanto en Chile como en el extranjero.

El autor otorga, además, las siguientes atribuciones a la Revista de Derecho y Ciencias Política a) Realizar cambios editoriales al artículo que sean necesarios para ajustarlo a las normas de publicación de la Revista, sin modificar el fondo, así como a los que establezcan las bases de datos bibliográficas y de indización en que la Universidad Católica de Temuco participa o participe en el futuro. b) Crear o modificar resúmenes o extractos del artículo, al español u otros idiomas, y editarlos y publicarlos en la forma que se describe en el literal precedente. c) Determinar el tipo de impresión, formato, clase de papel, encuadernación y demás características físicas del manuscrito, tanto en soportes físicos como electrónicos o digitales que existan en la actualidad o se desarrollen en el futuro. d) Realizar actividades de promoción y publicidad del manuscrito. e) Utilizar el nombre del autor o autora con fines de promoción del manuscrito.

Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (p. ej.: en archivos telemáticos institucionales o en su página web) antes y durante el proceso de envío, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada. (Véase El efecto del acceso abierto).