DAÑOS CAUSADOS POR DIVULGACIÓN DE LA VERDAD
DOI:
https://doi.org/10.7770/rchdcp-V2N2-art50Palavras-chave:
Daño moral por divulgación de la verdad, abuso del derecho en el ejercicio de una acción, falta de legitimación activa, interpretación de la ley, ámbito de aplicación del artículo 197 del Código CivilResumo
El ejercicio abusivo de una acción de filiación puede ser fuente de indemni-zación de los daños causados. Así lo reconoce el artículo 197 inciso 2º del Código Civil . Esta norma se encuentra ubicada dentro de las reglas generales que regulan las acciones de filiación, sin que sea lícito al intérprete aplic arla solo a las acciones de reclamación.
Licença
Copyright (c) 2023 Revista Chilena de Direito e Ciência Política
![Creative Commons License](http://i.creativecommons.org/l/by-nc-sa/4.0/88x31.png)
Este trabalho está licenciado sob uma licença Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International License.
La Revista de Derecho y Ciencia Política por Universidad Católica de Temuco se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0)