Directrices para Autoras y Autores

Los manuscritos presentados a la revista deben ser originales o inéditos y los autores se comprometen a no presentarlos a otras publicaciones al mismo tiempo. Todo el proceso de envío, revisión y publicación se efectúa por medio de la plataforma OJS de Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política. Se entiende que el autor que envía el manuscrito o lo sube a la plataforma de la revista, asume la tarea de autor de correspondencia, teniendo la responsabilidad de contacto a lo largo de todo el proceso editorial. Los manuscritos enviados no deben incluir información de los autores en el cuerpo de texto. Dicha información debe figurar en una página aparte y debe incluir los siguientes datos: nombre completo del autor; grados académicos que posea; título profesional; filiación institucional; direcciones de correo electrónico y mención o agradecimientos a personas o instituciones, en el caso de incluirlas.

Se aceptan manuscritos en español, inglés o portugués, debiendo enviarse en formato .doc, .docx, o .rtf, en fuente Times New Roman, tamaño 12 y con espacio de interlineado 1.5. Si el trabajo incluye imágenes o tablas, éstas deberán venir en un archivo aparte, y en el manuscrito se deberá indicar el lugar que cada una de ellas ocupa.

Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política acepta los siguientes tipos de manuscrito:

ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN: Artículos que son resultado de procesos de investigación científica o de innovación en Derecho y Ciencia Política. Deberán indicar, en nota al pie de página, la entidad financiadora, el nombre del proyecto y la fecha de terminación de la investigación. La estructura del artículo debe tener, al menos, los siguientes elementos: 1)Título: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 2) Resumen en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 3) Palabras Clave: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 4) Introducción: presenta objetivos, alcance y originalidad del texto, puede incluir un desarrollo teórico más amplio si el tema lo amerita; 5) Metodología: presentación de cuestiones epistemológicas, metodológicas y de ética de la investigación; 6) Desarrollo: presentación descriptiva de los resultados, vinculación del análisis con la discusión teórica actual, considerando principales hallazgos y diferencias; 7) Conclusiones: sintetiza resultados y aportes, y cumplimiento de objetivos; 8) Referencias: El 50%de las referencias debe ser de los últimos 5 años. Estos manuscritos serán sometidos a proceso de revisión por pares y deben tener una extensión entre 8 mil y 12 mil palabras.

ARTÍCULOS DE REVISIÓN: Artículos que son el resultado de un proceso de sistematización de la literatura y presentan un estado del arte sobre un tema específico. Estos artículos se caracterizan por un riguroso proceso de revisión bibliográfica. La estructura del artículo debe tener los siguientes elementos: 1) Título: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 2) Resumen en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 3) Palabras Clave: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 4) Introducción: presenta objetivos, alcance y originalidad del texto, debe definir alcance y tipo de revisión efectuada; 5) Metodología de Revisión: presentación de cuestiones epistemológicas, metodológicas y de ética de la investigación; 6) Presentación de Resultados: da cuenta de los principales hallazgos de la revisión; 7) Conclusiones: sintetiza resultados y aportes, y cumplimiento de objetivos; 8) Referencias: por las características de este tipo de artículos se exigen un mínimo de 50 referencias. El 80% de las referencias debe ser de los últimos 5 años. Los artículos de revisión exponen los resultados de una investigación finalizada que presenta un panorama actualizado de un ámbito de estudio relevante en Derecho y Ciencia Política, con el fin de identificar avances en el área, así como las principales tendencias teóricas y metodológicas. Serán sometidos a proceso de revisión por pares. Los manuscritos deben tener entre 8 mil y 12 mil palabras.

ARTÍCULOS DE REFLEXIÓN: Artículos que, desde un enfoque crítico, analítico o interpretativo, son el resultado de una investigación que recurre primordialmente a fuentes originales. La estructura del artículo debe tener los siguientes elementos: 1) Título: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 2) Resumen en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 3) Palabras Clave: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 4) Introducción: presenta objetivos, alcance y originalidad del texto; 5) Discusión: presenta el núcleo de la discusión teórica propuesta; 6) Conclusiones: sintetiza resultados y aportes del manuscrito; 7) Referencias: mínimo 25 fuentes bibliográficas. Los artículos de reflexión sobre tópicos específicos del Derecho y la Ciencia Política, con el objetivo de presentar resultados de investigación terminada desde una perspectiva analítica, interpretativa o crítica. Serán sometidos a revisión por pares. Los manuscritos deben tener entre 3 mil y 6 mil palabras.

COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA: Analizan sentencias de relevancia jurídica, dictadas recientemente por los tribunales de justicia, ya sean nacionales, extranjeras o internacionales. Con un aparato crítico, desarrollan la opinión de su autor sobre el proceder del tribunal. La estructura del comentario debe tener, al menos, los siguientes elementos: 1)Título: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 2) Resumen en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 3) Palabras Clave: en el idioma de origen, inglés, y español si corresponde; 4) Introducción; 5) Desarrollo; 6) Conclusiones; 8) Referencias. Estos comentarios serán sometidos a proceso de revisión por pares y deben tener una extensión entre 3 mil y 6 mil palabras. Sobre las partes intervinientes en las citas de fallos y en la descripción de casos. Se prohíbe usar los nombres completos de los intervinientes en casos de naturaleza sensible (particularmente en materia penal, de familia, de tutela laboral, concursal y de arbitrajes voluntarios), y se recomienda evitar su uso en los demás casos. Para evitar dicho uso, puede singularizarse a los intervinientes con sus iniciales, con un solo nombre o apellido (salvo que su uso pueda indicar a los involucrados), o con nombres de fantasía. En todo caso, siguiendo lo dispuesto en el artículo 32, inciso 2°, de la ley 19.733, no podrá individualizarse a las partes y demás interesados en los procesos que se hallaren pendientes.

RESEÑAS BIBLIOGRÁFICAS: Documentos de carácter reflexivo que valoran y analizan los aportes de nuevas publicaciones al campo del Derecho y la Ciencia Política. Reseñas de obras en que se comenten publicaciones recientes, es decir, que no tengan más de 5 años de antigüedad, que sean relevantes del Derecho y la Ciencia Política. La estructura de presentación es libre. Estos escritos son sometidos al Comité Editorial, que decide sobre su publicación. Deben tener una extensión entre 1 mil y 2 mil palabras.

Proceso de Pre-revisión y Revisión por Pares

  • Pre-revisión: Los autores inician el proceso al enviar el artículo a través de la plataforma OJS de Revista Chilena y Ciencia Política. En esta etapa el Editor, en colaboración con el Comité Editorial, efectúan una primera revisión del manuscrito considerando: 1) pertinencia con la línea editorial; 2) cumplimiento de los requisitos de envío; 3) revisión inicial antiplagio. En el caso de no cumplimiento de los dos primeros criterios se informa a los autores otorgando la posibilidad de efectuar correcciones. En el caso de detección de plagio y dependiendo de la complejidad el Comité Editorial informará a los autores el rechazo o la posibilidad de corrección. Si hay cumplimiento de todos los criterios, el manuscrito avanza a revisión por pares.
  • Revisión por Pares: El Editor con la colaboración del Comité Editorial, solicita la colaboración de pares evaluadores considerando los siguientes criterios: 1) el par posee formación académica, de investigación y publicaciones en el área de conocimiento. 2) No presentar ningún conflicto de interés que pueda afectar el proceso de evaluación.

Los revisores evalúan utilizando formulario en línea o el formato word, y se les recomienda además incluir comentarios cualitativos o una copia del manuscrito con comentarios anonimizados.

Las opciones de evaluación son: 1) rechazado: el manuscrito no cumple criterios de relevancia, originalidad y calidad; 2) aceptado con modificaciones mayores: el artículo podría ser aceptado luego de un segundo proceso de revisión por pares; 3) aceptado con modificaciones menores: el Comité Editorial solicita cambios a los autores, si se verifica su incorporación el artículo es aceptado; 4) aceptado: el artículo puede ser publicado tal como está. En los casos que el comité lo estime necesario, se recurre a un tercer evaluador, a partir de cuyo criterio se tomará una decisión. La decisión final de publicación depende del Comité Editorial, y requiere el cumplimiento de la revisión de estilo y de antiplagio establecida.

Los autores con artículos aprobados con modificaciones y aprobados para publicación, se comprometen a realizar las correcciones de contenido, forma y estilo en un plazo máximo de 5 días hábiles desde que le son solicitadas.

Como parte del Foro de Editores Científicos de Chile, la Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política se adhiere al decálogo de buenas prácticas para la evaluación por pares de la Association of American University Presses.

Normas de Estilo

Los manuscritos presentados a Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política deben presentarse cumpliendo los siguientes requisitos de estilo:

  • Título: El título debe tener solo mayúscula inicial y tener una extensión máxima de 15 palabras. El contenido del título debe ser descriptivo en función del tema y objetivos propuestos. Todos los manuscritos deben presentar el título en español e inglés, además del idioma original, si corresponde.
  • Autorías: Deben indicarse nombres y apellidos en el orden previamente establecido por los autores. Todos los autores deben indicar filiación, correo electrónico y su correspondiente código ORCID, según los criterios previamente establecidos en las políticas de autoría.

Los autores proporcionarán una versión para revisión completamente anonimizada, la que no debe incluir nombres, instituciones o localizaciones que faciliten la identificación de autoría. Del mismo modo deben eliminarse los metadatos de autoría de los archivos digitales enviados.

  • Resumen: El resumen no debe tener más de 250 palabras de extensión, escritas en un único párrafo sin sangrías. Dependiendo del tipo de manuscrito presentado (artículo de investigación, de revisión o ensayo), el resumen debe sintetizar las secciones clave del texto indicando además sus principales aportes. Todos los manuscritos deben presentar el resumen en español e inglés, además del idioma original, si corresponde.
  • Palabras clave: Deben incluirse 5 palabras clave que permitan orientar la catalogación del artículo a partir de su ámbito temático. Las palabras clave deben ser ordenadas alfabéticamente y separadas por punto y coma (;). Todos los manuscritos deben presentar sus palabras clave en español e inglés, además del idioma original, si corresponde.
  • Gráficas, Tablas e Ilustraciones: incluya los gráficos, figuras, tablas, ilustraciones y fotografías, en su formato original (preferiblemente en Excel, Power Point o en formato de imagen de alta resolución. Todos los componentes gráficos y tablas deben cumplir con los criterios establecidos en norma estándar NCh 1143 Of. 1999 y su equivalente ISO 690, y la NCh 1143/2 Of. 2003 y su equivalente ISO 690-2 y deben presentarse en el manuscrito con imágenes de alta resolución. En la etapa de corrección de estilo y maquetación, se podrá solicitar un archivo editable.
  • Financiación: Deberá indicarse la fuente de financiamiento que dio lugar a la investigación por medio de una nota al pie asociada al título del artículo. La nota debe indicar: título del proyecto, entidad y país de fuente de financiamiento.
  • Agradecimientos: Los autores podrán incluir al final del manuscrito una nota con sus agradecimientos a personas o instituciones que, sin ser autores, hayan efectuado una contribución de recursos económicos, técnicos u operativos.
  • Normas y referencias: Los manuscritos deben presentarse siguiendo las norma estándar NCh 1143 Of. 1999 y su equivalente ISO 690, y la NCh 1143/2 Of. 2003 y su equivalente ISO 690-2, en su adaptación para el uso en la Revista, según se pasa a explicar en el siguiente resumen.

Resumen explicativo

  1. Notas a pie de página (referencias bibliográficas abreviadas)

Todas las notas a pie de página irán numeradas mediante caracteres arábigos en formato superíndice. En las notas a pie de página se incluirán las referencias o citas abreviadas a obras, normas y jurisprudencia. Excepcionalmente se admitirán textos de desarrollo.

Se indicará sólo el primer apellido del autor en fuente “versales” (o “versalitas”), el año (entre paréntesis) y el número o números de la página o páginas precisas en que aparece la referencia citada.

Ejemplos:

  1. Obras con un autor: CORREA (2007) p. 52.
  2. Obras con dos autores:ALESSANDRI y SOMARRIVA (1974) p. 392.
  3. Obras con más de dos autores: Se deberá seguir el formato anterior, indicando el apellido del primer autor, seguido de “et al”: VERDUGO et al (2002) p. 189.
  4. Legislación nacional o extranjera (Constitución, leyes, decretos, etcétera): Se deberá indicar el número de la ley y su año: Ley 20.667, de 2013.
  5. Jurisprudencia: Se deberá indicar el nombre de las partes en cursiva y el año entre paréntesis redondas:Club Naval Marinero Ugarte con Armada de Chile (2012). En el caso de sentencias extranjeras o internacionales que no utilicen este formato, se seguirá el aplicado en la respectiva sede.
  6. En caso de citarse dos o más obras en una misma nota al pie: Se deberá seguir las reglas establecidas para cada una de las diversas clases de fuentes, separándolas entre sí por un punto y coma (;).
  7. En caso de existir varias obras del mismo autor en un mismo año: En la referencia abreviada se deberá poner a continuación del año dentro del paréntesis, la letra a, b, c, según corresponda al orden cronológico de la publicación del autor, lo que deberá coincidir con la misma regla aplicada a las referencias bibliográficas completas, citadas al final del texto.
  8. Al final del trabajo (referencias bibliográficas completas)

El autor deberá elaborar un listado que se limitará sólo a las obras efectivamente citadas y referidas en su trabajo.

La lista de referencias bibliográficas se ordenará alfabéticamente por el primer apellido del autor de cada obra. En caso de existir varias obras de un mismo autor se ordenarán de acuerdo a su año de publicación. Si dichas obras han sido publicadas en un mismo año se deberá poner a continuación del año dentro del paréntesis, la letra a, b, c, según corresponda al orden cronológico de las publicaciones del autor.

Los artículos de revistas o capítulos de libros harán indicación de los números de página de inicio y final.

Los apellidos se escribirán en fuente “versales” (o “versalitas), y el nombre en redonda.

Si hay una obra que tiene sólo primera edición no se indicará. Si corresponde a ediciones posteriores deberá indicarse (segunda, tercera, etc.). Si la obra tiene tomos, deberá indicarse entre paréntesis redondas a continuación del año de la obra consultada.

Ejemplos:

  1. Obras con un solo autor: RAMOS, René (2010): Sucesión por causa de muerte (Santiago de Chile, Editorial Jurídica de Chile).
  2. Obras con dos o más autores: Se sigue el formato indicado para obras con un autor, pero incluyendo el nombre de todos los autores. Ejemplo: HORVITZ, María Inés y LÓPEZ, Julián (2002): Derecho Procesal Penal Chileno (Santiago de Chile, Editorial Jurídica de Chile, Tomo I).
  3. Obras con editor o coordinador: Se agregan las abreviaturas “ed.” o “coord.”, según corresponda, entre paréntesis. Ejemplo: CONTESSE, Jorge (ed.) (2012): El Convenio 169 de la OIT y el Derecho chileno (Santiago de Chile, Universidad Diego Portales).
  4. Obras traducidas con un autor: Se deberá indicar el primer apellido del traductor y su primer nombre, entre paréntesis, a continuación del título de la obra. Ejemplo: ALEXY, Robert (2001): Teoría de los derechos fundamentales (Traducción de GARZÓN, Ernesto), (Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales).
  5. Obras traducidas con dos o más autores: Se debe seguir el mismo formato indicado en el número anterior, pero la individualización de los autores se hará según las reglas señaladas para las obras con dos o más de dos autores.
  6. Capítulo de libro o apartado de libro con un solo autor: Ejemplo: SABA, Roberto (2008): “Igualdad, clases y clasificaciones: ¿Qué es lo sospechoso de las categorías sospechosas?”. En GARGARELLA, Roberto. Teoría y crítica del Derecho Constitucional (Buenos Aires, Abeledo Perrot, tomo II), pp. 695-742.
  7. Capítulo de libro o apartado de libro con dos o más autores: Se debe seguir el mismo formato indicado en el número anterior, pero la individualización de los autores se hará según las reglas señaladas para las obras con dos o más de dos autores.
  8. Artículo de revista con un solo autor: Ejemplo: VARELA, Jorge (2011): “Consideraciones sobre los desafíos que el Derecho Ambiental impone a la recepción del Derecho Internacional en el Derecho Interno”. En Actualidad Jurídica, Universidad del Desarrollo, año XII, N° 24, Julio de 2011, pp. 355-370.
  9. Artículo de revista con dos o más autores: Se debe seguir el mismo formato indicado en el número anterior, pero la individualización de los autores se hará según las reglas señaladas para las obras con dos o más de dos autores.
  10. Artículo de revista con un solo autor en formato electrónico: Se debe seguir el formato establecido para los artículos de revista con un solo autor, pero añadiendo la dirección web en que se encuentra disponible el texto y la fecha de consulta entre corchetes. Ejemplo: COMANDUCCI, Paolo (1999): “Igualdad liberal”. En Revista Jurídica, Universidad de Palermo, Argentina, Año 3, N° 2, pp. 81-90. Disponible en: <www.palermo.edu/derecho/publicaciones/pdfs/revista_juridica/n3N2Octubre1998/032Juridica03.pdf>. [Fecha de consulta: 7 de febrero de 2009].
  11. Artículo en revista con dos o más autores, en formato electrónico: Se debe seguir el mismo formato indicado en el número anterior, pero la individualización de los autores se hará según las reglas señaladas para las obras con dos o más de dos autores.
  12. Otros documentos en formato electrónico: Ejemplo: BRAVO, Pablo. “La Polar y quiebra del consumidor”. Disponible en: <http://elpost.cl/content/la-polar-y-quiebra-del-consumidor>. [Fecha de consulta: 21 de marzo de 2012].
  13. Jurisprudencia: Se deberá considerar al final del trabajo, en un listado, todas las referencias jurisprudenciales, bajo el título “Jurisprudencia citada”. Dicho listado se limitará a las sentencias efectivamente citadas o referidas en el trabajo.

En su caso, se deberán considerar dos apartados diferentes: a) uno para las sentencias de tribunales nacionales; b) otro para las sentencias de tribunales extranjeros o internacionales.

13.1. Sentencias de tribunales chilenos: se ordenarán cronológica y alfabéticamente por el nombre de las partes.

En el listado final las sentencias se indicarán así:

  1. a) El nombre de las partes en cursiva y el año de la sentencia (entre paréntesis y en redondas), seguido de dos puntos (:);
  2. b) La referencia del tribunal que la haya dictado: Corte Suprema; Corte de Apelaciones de (…); Juzgado de Letras de (…); Tribunal Constitucional; Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, etc.;
  3. c) El número de rol de la causa que corresponda a la sentencia citada.
  4. d) La fecha de la sentencia, señalando día y año en números arábigos, y mes en letras minúsculas.
  5. e) El tipo de acción, recurso o procedimiento correspondiente y el rol de la causa en que se dictó la sentencia y su año, separados por un guion, entre paréntesis. No se debe indicar el rol único de causas (RUC);
  6. f) En el caso que se citen dos o más sentencias de una misma causa, al final de la referencia (letra e) se indicarán consecutivamente los datos de la o las sentencias citadas, sin repetir las partes (letra a), pero sí indicando el año de la o las sentencias agregadas.
  7. g) La identificación de la sede de edición en que han sido publicadas las sentencias, bajo su título completo o abreviado, y las indicaciones de volumen, año, secciones y página.

Si es extraída de una base de datos en línea, deberá indicarse la dirección web en que se encuentra disponible el texto y la fecha de consulta entre corchetes.

Ejemplo: Pereira con Ilustre Municipalidad de San Esteban (2012): Corte Suprema, 21 de diciembre de 2012 (recurso de unificación de jurisprudencia rol 2658-2012). Disponible en: <http://suprema.poderjudicial.cl/SITSUPPORWEB/InicioAplicacion.do>. [Fecha de consulta: 10 de junio de 2013].

13.2. Sentencias de tribunales extranjeros o internacionales que no utilicen este formato: se ordenarán cronológica y alfabéticamente por el nombre de las partes, siempre que fuere posible; se considerará inicialmente las partes y año (letra a) del apartado 13.1, y se agregará en todo caso la identificación de la sede de edición de acuerdo con lo expresado en la letra g) del apartado 13.1 precedente. En lo demás se seguirá el formato aplicado en la respectiva sede.

Publicación de los manuscritos

La publicación de los manuscritos se realizará, en principio, por orden de aceptación que tiene una periodicidad continua y conforme a la evaluación de los Pares Revisores Externos.

Los autores autorizan la publicación de sus contribuciones en la página web de la Revista y en bases de datos nacionales o internacionales a las que la publicación esté suscrita en los términos que indican las reglas convenidas de publicación.

Por el sólo hecho de enviar sus manuscritos, los autores convienen en someterse a las reglas que a continuación se expresan:

Los autores ceden a la Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política el derecho a publicar y distribuir los artículos que éstos someten voluntariamente a su proceso editorial por los diversos medios gráficos y/o digitales que posee actualmente y los que disponga en el futuro, en especial a través de su página web y las distintas bases de datos en que se encuentra indexada.

Los manuscritos presentados a la Revista deben ser originales o inéditos y los autores se comprometen a no presentarlos al mismo tiempo a otras publicaciones. Asimismo, los autores se obligan a cumplir las reglas informadas en los diversos acápites de esta página web, tales como: políticas de sección, directrices para autores y de evaluación por pares, política de acceso abierto, conflicto de interés y plagio; derechos de autor y declaración de privacidad.

Los autores deben realizar las correcciones que sean solicitadas por los evaluadoes externos y por el equipo editorial.

Los autores no podrán editar por sí mismos, ni autorizar a terceros por ningún medio la edición de sus trabajos publicados en la Revista salvo que ésta, a través de su Director, lo autorice expresamente. En todos los casos, los derechos de autor son conservados por los autores, siendo los contenidos de sus obras de su exclusiva responsabilidad.

La Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política se obliga a garantizar al autor, sin cargo alguno, el acceso ilimitado a la página web de la Revista o direcciones web que en el futuro establezca como sitio oficial de la publicación.

Será facultad discrecional de la Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política fijar las características técnicas con que se elaborará la obra, el diseño de las carátulas y obras publicadas, las modalidades de distribución, publicidad y difusión.

La Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política, en atención al carácter eminentemente académico no posee fines de lucro, no efectuando cobros a los autores por el procesamiento o publicación ni pagos por conceptos relativos a la publicación de sus artículos.