¿Serán precisas más condenas del TEDH para dejar de proteger lo (in)defendible en España? crónica de una interminable manipulación del hate speech para enmudecer al disidente molesto
DOI:
https://doi.org/10.7770/rchdcp-V9N1-art1473Palabras clave:
Libertad de expresion, instituciones, perro guardian, expresiones de odio, chilling effectResumen
El presente estudio hace un repaso cronológico a las sentencias con las que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por su perseverante protección del honor de sus instituciones y autoridades mediante el empleo del Derecho penal.
A pesar de la taxatividad de los pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Castells y Otegi Mondragon, Gobierno y Justicia perduran sobreprotegiendo sus instituciones escudándose ahora en una retorcida interpretación de la efímera doctrina del discurso del odio que no conduce sino a complicar la coexistencia en una sociedad tan diversa y plural como la española.
El último de los pronunciamientos del TEDH, Stern Taulats y Roura Capella vs. España, acaba de llegar en un momento realmente crucial para la arena política española. La convergencia del inverosímil desafío político-separatista catalán, con esta última condena a la protección penal de las instituciones y sus autoridades frente a la crítica política ultrajante, urge a una profunda adaptación del modelo de Estado en España.
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