Resumo
La legislación común chilena sobre comunidad no contempla una forma de administración general de los bienes indivisos.El presente artículo expone las principales teorías que intentan dar solución a la cuestión planteada, entre las cuales encontramos a la tesis que le otorga primacía al derecho de veto, la teoría del mandato tácito y recíproco, la tesis de la apariencia jurídica, la teoría de la agencia ofic iosa, el criterio de mayo-ría y la tesis según la cual un comunero puede actuar sin el consentimiento de los demás, cuando este sea el único modo de conservar o amparar su derecho.Por último, se hace alusión a la institución de las medidas conservativas.
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