Resumo
Se han incorporado al Código penal español nuevas figuras delictivas vinculadas a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Se prohíbe la difusión pública de mensajes específicamente destinados a inducir al suicidio, la autolesión o a provocar trastornos alimentarios en menores y personas vulnerables, así como los mensajes que hacen apología de la pederastia. Dichos delitos se presentan como una novedad en el propio Derecho comparado, en el que se dan pasos en el mismo sentido. Se plantea la relevancia de estas conductas y la eficacia que cabe esperar de su aplicación práctica.
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Copyright (c) 2024 Miguel Ángel Boldova Pasamar