Por qué es justo reconocer la representación especial de las minorías? Reflexiones del consenso traslapado en Rawls a la ciudadanía diferenciada en Young

Publicado 07-10-2022
Sección Ciencia Política

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.7770/rchdcp-V13N1-art2879

Palabras clave:

Representación de minorías, justicia, consenso traslapado, ciudadanía diferenciada, cuotas electorales

Resumen

Un asunto clave en nuestras sociedades democráticas es el principio de representación. Razón por la cual en países de todo el mundo se han establecido cuotas para minorías en la política electoral, haciendo más real la suposición de que en democracia todo ciudadano es libre de elegir y ser elegido al gozar de garantías durante los procesos electorales. No obstante, es frecuente observar la exclusión y vulneración de grupos sociales como los negros, las mujeres, minorías religiosas y étnicas, junto a las de género por su situación socioeconómica como por su identidad sociocultural. Por lo tanto, en este artículo se reflexiona en torno a por qué es justo reconocer y agregar los intereses de los grupos minoritarios en el ordenamiento jurídico de un país. Todo ello a partir de los planteamientos de justicia expuestos tanto en John Rawls como en Iris Marion Young. Es así como en las siguientes líneas se provee un marco analítico en el que confluyen los fundamentos del consenso traslapado con la idea de la ciudadanía diferenciada para reconocer la necesidad de una representación especial mediante leyes de cuotas electorales para las minorías.

Biografía del autor/a

Sergio Huertas-Hernández, Instituto de Ciencia Política, Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago, Chile

E-Mail: sahuertas@uc.cl