Resumo
La vulneración del derecho de voto en España presenta una doble dimensión, pues se puede denegar su titularidad y/o su ejercicio.
El presente artículo presenta un análisis fáctico, legal y jurisprudencial de la realidad del derecho al voto de las personas con discapacidad en España. Para ello, toma como punto de partida el contenido esencial del derecho conforme al artículo 29 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y a lo establecido por su Comité en sus observaciones generales y jurisprudencia.
Las conclusiones muestran que la restricción de este derecho es un menoscabo a la libertad y a la igualdad y no discriminación, pues, conforme al modelo de derechos humanos de la Convención, no está permitida ninguna restricción
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